Inicio del proceso de elecciones sindicales en SSGG y Distribución

En el día de hoy, 11 de febrero, el sindicato Colectivo Independiente de Emalsa (CIE), ha procedido a registrar la solicitud de preaviso de elecciones sindicales en el centro de trabajo de Servicios Generales y Distribución. 

Dicho registro, cursado a través de la sede electrónica de la consejería de Turismo y Empleo del Gobierno de Canarias, ya ha resultado correctamente validado por la oficina del SEMAC de Las Palmas en el mismo día de hoy, dando así cumplimiento al  requisito de comunicación a la Oficina Pública Electoral que viene preceptuado tanto en el artículo 67 del Estatuto de los Trabajadores, como en el RD 1844/1994 Reglamento de elecciones a representantes de las personas trabajadoras en la empresa.

Igualmente, este preaviso ha sido comunicado tanto a la empresa como al resto de secciones sindicales con representación en el actual Comité de Empresa.

El inicio del proceso electoral está previsto para el lunes 16 de marzo con la conformación de las mesas electorales correspondientes a cada uno de los colegios, es decir, una mesa para el colegio de Técnicos y Administrativos, y otra para el colegio de Especialistas y no cualificados.

A modo de recordatorio, la mesa estará conformada por las siguientes personas respecto a cada uno de los censos:

  • Presidente de la mesa; la persona trabajadora con mayor antigüedad en la empresa.
  • Secretario de la mesa; la persona trabajadora de menor edad.
  • Vocal de la mesa; la persona trabajadora de mayor edad.

Una vez conformadas las mesas electorales, serán las mismas las que establezcan los plazos de: 

  • Exposición de los censos correspondientes a cada colegio.
  • Presentación de candidaturas.
  • Inicio de campaña electoral.
  • Fijación de la fecha de las votaciones.
  • Expedición, certificación y comunicación de actas de escrutinio a la Oficina Pública Electoral dependiente del SEMAC de la provinica de Las Palmas.
  • Así como resolver cualquier incidencia que pueda acontecer durante el proceso.

Durante toda la implementación y desarrollo del proceso electoral, la empresa queda obligada a las siguientes acciones:

  • Comunicar la celebración de elecciones mediante la publicación del Preaviso. 
  • Dar traslado del Preaviso a los representantes de los trabajadores y trabajadoras. Comunicar a las personas que han de formar la Mesa electoral la celebración de las elecciones. 
  • Facilitar el Censo laboral y los datos necesarios para su configuración, a través del modelo oficial.
  • Facilitar los medios necesarios, tales como locales, tablón de anuncios, etc., para que la Mesa pueda desarrollar sus actividades electorales.
  • Deberá otorgar el tiempo necesario a la Mesa, para llevar a cabo sus actividades, tiempo que será computado como jornada efectiva de trabajo. 
  • Deberá facilitar las reuniones, los locales y tablones, para que los sindicatos desarrollen su actividad electoral, campaña, actos electorales, etc.
  • Facilitar el tiempo y medios necesarios para el efectivo ejercicio del voto.

Desde la ejecutiva de nuestro sindicato, ya estamos trabajando en la consecución de nuestro principal objetivo, que no es otro que el de conseguir reflejar, en la configuración del próximo Comité de Empresa, la mayoría social que a través de su afiliación deposita su confianza en  el Colectivo Independiente de Emalsa.

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